1) Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público contra el ciudadano: Luis Enrique Díaz Malpica, venezolano, natural de Valle de la Pascua Estado Guárico, donde nació el 03-02-1977, de 32 años, de estado civil soltero; de profesión u oficio Obrero, hijo de Ana Deida Antonia Malpica y José Isaac Díaz, domiciliado en el Barrio 12 de Octubre calle los Llanos N° 34 diagonal a la esquina de la escuelita Valle de la Pascua Estado Guárico y titular de la cedula de identidad Nº 14.893.738, por la comisión del delito de Porte ilícito de arma de fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos 2) Admite todas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público para el desarrollo del debate oral y público por haber demostrado su necesidad y pertinencia. 3) Condena al ciudadano Luis Enrique Díaz Malpica, antes identificado, a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por .....