Por las razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial de estado Guárico, en uso de las facultades conferidas mediante Resolución número 2009-0006, de fecha, 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 368.338, de fecha, 02 de Abril de 2009, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE la presente solicitud presentada por la ciudadana YSMARY JOSEFINA PERAZA PIÑANGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.950.680, domiciliada en esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico, asistida del abogado RAMÓN GUZMÁN ZERPA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 277.419. Y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de.....