DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano LEONARDO JOSE GARCIAS FREITES, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. V-26.345.111, en su carácter de hijo de la de cujus YURAIMA JOSEFINA FREITES RODRIGUEZ, quien era Venezolana, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.275.267, quién falleció como consta en Acta de Defunción Nº 184, expedida por el Consejo Nacional Electoral. Oficina de Registro Civil. San Juan de los Morros, Municipio Juan Germán Roscio, E.....