DISPOSITIVA
                 Por todas las razones antes expuesta, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO:  Se declara con lugar la Solicitud del Ministerio Publico, frente a la cual estuvo de acuerdo de la Defensa y se   Decreta la Aplicación de  Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad  en contra del ciudadano :JHOAN JOSE RAMIREZ, venezolano, de 19 años de edad, natural de Altagracia de Orituco, soltero, obrero, hijo de  JOSE GUTIERREZ y  LIGIA RAMIREZ, residenciado en la  calle 5 casa N° 127, Sector el Plural II Altagracia de Orituco de esta ciudad; de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinal 3° Y 5°  ejusdem y el artículo 40 numeral 3 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia......