DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuesta, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con lugar la Solicitud del Ministerio Publico, frente a la cual estuvo de acuerdo de la Defensa y se Decreta la Aplicación de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del ciudadano :JHOAN JOSE RAMIREZ, venezolano, de 19 años de edad, natural de Altagracia de Orituco, soltero, obrero, hijo de JOSE GUTIERREZ y LIGIA RAMIREZ, residenciado en la calle 5 casa N° 127, Sector el Plural II Altagracia de Orituco de esta ciudad; de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinal 3° Y 5° ejusdem y el artículo 40 numeral 3 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia......