Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Transito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Indemnización por daños Corporales y materiales intentada por la parte Actora Ciudadano JESÚS PEREIRO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.046.742, y domiciliado en el Sector La Pedrera, Calle 2, Av. Principal La Pedrera, casa Nº 14 frente al Seniat de la ciudad de Calabozo del estado Guárico, en contra de los ciudadanos ACCXON DEL VALLE RODRÍGUEZ y ACCXON DEL VALLE RODRÍGUEZ BLANCO, venezolanos, mayores de edad, estado civil solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.265.220 y V-24.235.427, respectivamente, y domiciliados en el Barrio La Trinidad entre carreras 3 y 4 de la ciudad .....