Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano MIGUEL ANGEL MARCHAN RODRIGUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.032.071, natural de Cagua Estado Aragua, nacido el 09-12-1981, de 22 años de edad, hijo de Miguel Antonio Marchan Silva y María Lourdes Rodríguez marchan, residenciado en Los Angelinos, Calle Principal, casa N° 85 en San Mateo Estado Aragua; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251, 252 y 262 ordinal 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES en perjuicio del ciudadano MARCOS MARINO RIVAS CELIS y una vez aprehendido debe ser conducido hasta la sede del Internado Judicial de San Juan de los.....