Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte presuntamente agraviada.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida de fecha 13 de junio de 2008, proveniente Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia se ordena a dicho tribunal a ADMITIR el RECURSO DE AMPARO interpuesto por los ciudadanos Luís José Gallardo y otros contra el ciudadano Luís Arturo Meza y otros.