DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 507,508,509 y 510 del Código Orgánico Procesal penal y 02, 03 y 05 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo ACUERDA: de conformidad con lo dispuesto en los artículos 507,508, y 509 del Código Orgánico Procesal penal y 02, 03 y 05 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo ACUERDA: REDIMIR LA PENA al penado JOSE DAVID GUACACHE quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 19.638.515, quien se encuentra actualmente en el Internado Judicial del Estado Guárico, cumpliendo condena por la comisión del delito DISTRIBUIDOR MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES por un tiempo de CUATRO.....