Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo, actuando bajo la modalidad de Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECIDE: PRIMERO: DECLARA al ciudadano TONI YOVANNY CASTILLO SOLORZANO, CULPABLE de la comisión del delito ROBO GENERICO EN GRADO DE TENTATIVA, como cooperador inmediato, previsto y tipificado en el artículo 455 en concordancia con los artículos 80 y 83 Ejusdem, y lo CONDENA a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley a que se contrae el artículo 16 del Código Penal; delito este cometido en perjuicio de la victima ciudadana NELLY MARTINA CUENCA. SEGUNDO: Se absuelve al acusado de la comisión del delito de ACOSO SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 48 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: En cuanto a la condenatoria en costas este T.....