Condena de manera unánime, al acusado Juan Carlos Camero Ledezma, venezolano, natural de Valle de la Pascua, donde nació el 27-04-1966, de 43 años, casado, agricultor, hijo de Rosario Camero y Manuel, residenciado en Calle Ricaurte, Casa Nº 11, de esta ciudad y titular de la cedula de identidad Nº 8.793.455, a cumplir la pena de Cinco (05) años y seis (06) meses de prisión, por ser autor responsable en la comisión de los delitos de Homicidio Intencional simple en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el 80 segundo aparte ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Nelson Enrique Bastardo, y Porte ilícito de arma, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos, lo condena igualmente a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, todo conforme a los artículos 37, 74.4 y 63.1 del Código Penal 364, 365 y 367 todos del Código Orgánico Procesal Pen.....