PRIMERO: Se decreta MEDIDA PROTECCION A LA ACTIVIDAD AGRICOLA, que trabaja el ciudadano José Laureano Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.615.451, en el fundo denominado "El Mirador", ubicado en el sector San Bartolo, Parroquia Cazorla, Municipio San Gerónimo de Guayabal del estado Guárico, constante de aproximadamente doscientas cuarenta y tres hectáreas con mil quinientos veintinueve metros cuadrados (243 has con 1.529 mts 2), alinderado de la siguiente manera; Norte: Terreno ocupado por Hipólita Zurita; Sur: Caño San Bartolo; Este: Terreno ocupado por José de los Santos y Oeste: Terreno ocupado por Paula Hernández, la cual consiste en ORDENARLE a los miembros del consejo comunal "San Bartolo", a la oficina regional de ecosocialismo y aguas Guárico y a cualquier otro tercero abstenerse de realizar cualquier actividad que impida que el ciudadano José Laureano Hernández, antes identificado, haga uso del recurso hídrico, proveniente del cañ.....