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En consecuencia, y de acuerdo a lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO, seguida por el ciudadano JOSE NICOLAS FILIZZOLA GIMON, titular de la cédula de identidad Nº V-2.511.728, en su condición de hijo del difunto NICOLAS FILIZZOLA FERNANDEZ, y así se decide.
SEGUNDO: Se ordena oficiar, en su debida oportunidad, al Registro Civil del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, así como al Registro Principal del Estado Guárico, a los fines de que INSERTEN en los Libros de Nacimientos llevados por esos organismos públicos, el Acta de Nacimiento del difunto NICOLAS FILIZZOLA FERNANDEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-45.899, dejando constancia que el mencionado difu.....