Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Califica la Aprehensión flagrante del Ciudadano imputado JOSE GREGORIO MARTINEZ TORRES, por la comisión del Delito de POSESION ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS CON FINES DISTINTOS AL CONSUMO, delito este previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del estado venezolano, de conformidad con las consideraciones expuestas, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente caso, de conformidad con los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal en el asunto que nos ocupa en investigación penal por parte del ministerio público, en aras de gar.....