En consecuencia este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de cosa Juzgada, dando por terminado el presente juicio, se ordena el archivo del expediente, una vez que conste en autos la verificación del pago total de la convenido, todo de conformidad con los artículos 6 y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 3 de la Ley Orgánica del trabajo.