Se declaró, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Felizola Gimón, Defensor privado de la ciudadana Jenny Ofelia Vegas Ramírez, contra el auto del juzgado segundo de control de este Circuito, de fecha El 31 de enero de 2007, en el asunto penal N N° JP01-P-2006-002971, de su catalogo de causas, por lo que por vía de consecuencia se confirma la providencia delatada. Así se establece. Se funda la decisión 447.4, 448; 449, 450 del Código Orgánico Procesal Penal.