En virtud de lo cual con fuerza en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA, librar la correspondiente Orden de Aprehensión al acusado WILLIANS NICOLAS COLMENARES, venezolano, titular de la cédula de identidad N°. 16.555.510, de oficio indefinido, hijo de Maria Colmenares (v) y José Rangel (f), nacido en esta ciudad el 06-10-1957, de 50 años de edad, de estado civil soltero y residenciado en Barrio Minas de Arenas, final del callejón Bolívar, al lado de un Mercal, casa sin número (rancho), de esta ciudad, en el presente asunto seguido por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION COMETIDO EN CASA DE HABITACION, previsto y sancionado en el artículo 453, Ordinal del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MILAGROS NAZARETH RAMIREZ DE RIVERO, al evidenciar e.....