DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por el Abg. Daniel Montani Viloria, en su condición de Defensor Público, adscrito a la unidad de Defensa Pública del Estado Guárico, en representación de la ciudadana Bianca Rebeca Lara Torres, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de diciembre del 2016 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de prescripción de la pena impuesta a la penada Bianca Rebeca Lara Torres, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contr.....