DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia de PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOSLESCENTES (Obligación de Manutención), Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, con vista a los argumentos fácticos y normativos antes aludidos DECLARA:-
PRIMERO: La Extinción de la presente obligación de manutención recaída en la persona de los ciudadanos ENZZO FRANSHESCO y RENZZO PASCUAL, ambos de apellidos SCHETTINO PEREZ, quines fueron representados en el presente juicio por su madre, la ciudadana KATIUSKA ROSALIA PEREZ DE SCHETTINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.475.470, contra su padre el ciudadano PASCUALINO SCHETTINO BOZZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.265.588.-
SEGUNDO: De manera oficiosa, se de.....