En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, considera procedente y ajustado a derecho HOMOLOGAR EL REFERIDO ACUERDO, en los términos expresados por el ciudadano OSCAR FELIX GUALBERTO MICHEL GARCIA, y el ciudadano PEDRO ROMERO AVILA, arriba identificados, de fecha 29 de septiembre de 2008, celebrado por ante la Oficina de Defensa Pública Agraria, ya mencionada, por lo tanto da por consumado dicho acto, y téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia se da por terminada dicha solicitud entréguesela en original al solicitante y se ordena dejar copia certificada en este Despacho.- Así se decide.-