PRIMERO: Se CONFIRMA PARCIALMENTE la sentencia emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en la Ciudad de Valle de la Pascua Estado Guárico, de fecha 22 de Septiembre de 2.004, en relación a la declaratoria Con Lugar de la Oposición a la Medida de Embargo preventiva practicada sobre el vehículo descrito suficientemente en autos, interpuesta por la ciudadana MAURY ELENA ACOSTA DUM, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.002.048, por lo cual se ordena que se le haga entrega del vehículo embargado. Y se REVOCA el fallo, en lo relativo a la exoneración de Costas a la parte actora. En consecuencia se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora GIANNI MANCINI, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-401.107, y se declara CON LUGAR la apelación intentada por la parte opositora en relación a las costas y así se decide.
SEGUNDO: Al exist.....