Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos JAIDY JUMEIRY RODRIGUEZ AMUNDARAY Y LUIS ALBERTO ARGUELLO MENDEZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil (2000), ante la primera autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según Acta Nº catorce (14), expedida por la misma autoridad en la fecha antes señalada