DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en la audiencia de presentación de detenidos, de fecha 11 de enero de 2018, y fundamentada en fecha 12 de enero de 2018, por el Juzgado de Control con Competencia en Ilícitos Económicos del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, que, entre otros pronunciamientos, acordó medida cautelar sustitutiva a los ciudadanos ANTONIO JOSÉ HERRERA HURTADO, EFRAÍN JOSÉ FLORES AREVALO y JHUNIOR JHOZUE GOTA, de conformidad con el numeral 1º del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Arresto Domiciliario con Vigilancia Policial, de conformidad a lo previsto en el artículo 242, ordinal 1 del C.....