SE DECLARO CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado Abg. Clemente de La Cruz López Cumaná y en consecuencia, revoca la decisión de fecha 17 de diciembre de 2009, dictada por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de La Pascua, mediante la cual declaró con lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público, de medida cautelar innominada con el fin de desalojar a todas y cada una de las personas que se encuentran invadiendo los inmuebles pertenecientes a la Organización Civil de Autogestión de Viviendas, O.C.V. Villas del Sol, poniendo dichas vivienda a la orden de la Fiscalía del Ministerio Público a los fines del respectivo resguardo, exceptuando de dicha medida a la ciudadana María Estevali Quintero de González, quien ¿a criterio de de la juzgadora- demostró fehacientemente que tiene título suficiente que la acredita para no ser desalojada. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 2, 7, 25, 26 y 49 de.....