Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Revoca la medida cautelar sustitutiva de libertad que disfrutaba el ciudadano Edgar Edixon Silva Duarte, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.640.822, natural de San Juan de Colon, Estado Táchira, en fecha 10-09-1981, de 28 años de edad, soltero, chofer, hijo de Ángela Duarte (v) y Emiliano Silva (v), residenciado en la calle 7, entre carreras 4 y 5, al lado del Bar paraíso de esta ciudad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250, 251 parágrafo segundo y 262 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, a fin de lograr la captura del mencionado ciudadano, se acuerda oficiar al Jefe del la Delegación del Cuerpo Técnico del Policía Judicial de esta ciudad, anexándole la respectiva boleta de encarcelación a fin de que procedan a su detención inmediata y lo .....