Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor de la ciudadana NANCY MORELIS BARRIOS DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.623.420, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un lote de terreno municipal, constante de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS (255,54 mts2), ubicado en la Carrera 14 entre Calles 13 y Callejón 14, Casco Central de esta ciudad de Calabozo estado Guárico y alinderado de la siguiente manera según cédula catastral NORTE: Con Arno Geyer en 24.45 mts; SUR: Con Maximina Ledezma de Medina en 11.10 + 13.85 mts, ESTE: .....