DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Ejecución Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE:
PRIMERO: Acuerda la entrega bajo fianza de custodia a su familia, específicamente a la ciudadana MARIA TOVAR DE DEL VALLE, sobre la base de los razonamientos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del Código Penal. SEGUNDO: La entrega bajo fianza de custodia del referido ciudadano, comporta el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte de la ciudadana MARIA TOVAR DE DEL VALLE, las cuales están referidas a: 1) NO CAMBIAR DE DOMICILIO SIN NOTIFICAR PREVIAMENTE A ESTE TRIBUNAL, sitio en el cual deberá residir igualmente el ciudadano RODOLFO JOSE TOVAR ROMERO. 2) ACUDIR AL LLAMADO DEL TRIBUNAL CADA VEZ QUE SEA REQUERIDO, ASI COMO PRACTICARSE LOS EXAMENES MEDICOS FORENSES CADA VEZ QU.....