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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Inserción de Partida de Nacimiento intentada ante este Despacho por el ciudadano: JUAN ANTONIO CALCURIAN; y en consecuencia, se ordena la inserción en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico y Registrador Principal del Estado Guárico, del acta del solicitante, quien según los autos y recaudos acompañados a la solicitud, nació en Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, el día 8 de Marzo de 1938, siendo su madre MARIA DE LA CRUZ CALCURIAN CENTENO.
Conforme al artículo 506 del Código Civil, se ordena remitir copia certificada de la presente decisión con oficio a la Prefectura antes mencionada, a los fines de que se inserte en los Libros de Registro Ci.....