DISPOSITIVO
En razón a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia así:
Primero: Se declara sin lugar la demanda de Restitución a la Posesión incoada por la ciudadana Julia Catalina Alvarado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.232.277, Productora Agropecuaria, con domicilio en Camaguán, Carretera Vía Carrizalero, Fundo Carrizalero, Estado Guárico, actuando en su propio nombre y como Directora General de la Asociación Cooperativa Flores Azules Hermanos Reyes 66, R.S., inscrita ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Distrito Miranda del Estado Guarico, bajo el Nº 6, folios 48 AL 53, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, Cuarto Trimestre del año 2.003, con domicilio en Camaguán, Vía Carrizalero, Fundo Carrizalero del estado Guárico. Así se decide.....