En consecuencia, a los fines de garantizar el cumplimiento del principio del debido proceso y las resultas del mismo, así como la libertad de las personas, consagrada como regla fundamental en el ordenamiento jurídico venezolano, este Tribunal Segundo de Juicio acuerda medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano José Luís Ramírez Morante, venezolano, natural de La Victoria Estado Aragua, nacido en fecha 25-05-2003, de 33 años de edad, residenciado en Tejerías, Barrio El Béisbol, calle Libertador, casa S/N, Estado Aragua, titular de la cédula de identidad Nº 13.241.997, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 y 256 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta días ante el Registro Civil del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua. Asimismo, ordena dejar sin efecto la orden de captura dictada por este Tribunal en fecha 14-01-2005, en contra del mencionado ciudadano, así como oficio Nº 062 y boleta de encarcelació.....