Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a ORLANDO RAFAEL MENDEZ, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.595.054, Residenciado en el Barrio "Las Marías", Calle Boyaca, Casa Nº 7, Camaguán Estado Guárico, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, previsto en el Código Penal, en perjuicio del ciudadano SILVIA ELENA RIVERO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.668.585, Residenciada en Calle Páez, Casa Nº 9, Camaguán, Estado Guárico, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, ya que da las investigaciones no se arrojan bases suficientes para enjuiciar a persona alguna, en virtud de no se realizó examen médico donde se deje constancia del.....