PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en la audiencia de presentación de detenido, de fecha 09 de octubre de 2017, y fundamentada en fecha inmediata posterior (10/10/2017), por el Juzgado Primero (1º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, que, entre otros pronunciamientos, acordó medida cautelar sustitutiva al ciudadano ROMMEL JOSÉ RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, de conformidad con los numerales 3, 4 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, inherente a la presentación periódicas cada ocho (8) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de esa extensión; prohibición de salida del Estado Guárico sin autorización del tribunal; y, estar atento al proceso; asimismo, acogió la precalificación fiscal por el delito de Homicidio Intencional Simple, previsto en el artículo 405 del Código Penal, y ordenó la prosecución de la presente causa por vía del procedimiento ordinario. TERCERO: Se declara si.....