En consecuencia, y en  virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA  TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES,  dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente,    dejando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a lo solicitado, se acuerda expedir por secretaria las copias solicitadas cursante a los folios 12 y  su vuelto, con inserción de la diligencia y del auto que provea,  todo  ello de  conformidad con el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.  Expídanse las copias.-
 	Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
	Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo  Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Esta.....