Este Tribunal para estimular y facilitar la conciliación, y no obstante a ello no hemos logrado poner fin a la controversia, por lo que consideramos suficientemente agotado el debate, razón por la cual solicitamos con la venia de estilo, y agradeciendo la buena disposición de este Juzgado en mediar y conciliar nuestras diferencias, que decrete formalmente la conclusión de la Audiencia Preliminar. Igualmente, solicitamos que las pruebas consignadas en la Audiencia Preliminar sean incorporadas al expediente para que el mismo pase a la etapa de "JUICIO". Seguidamente, este Tribunal a los fines de utilizar todos los medios alternos de Resolución de Conflictos, invoca y hace valer la Institución del Arbitraje, prevista en los artículos 138 al 149 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes, agradecen la propuesta del Tribunal, pero la rechazan con el debido respeto, pues consideran que las controversias deben ser dilucidadas en el Tribunal de Juicio, y así lo solicitan formalmente......