este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de menores, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana: ALBA TERESA HERNANDEZ REBOLLEDO de CAMPOS, representación de sus hijos: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, , contra el ciudadano: JOSÈ LUIS CAMPOS JIMENEZ, con motivo del juicio de FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION, por tanto la suma establecida es la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), que es el monto equivalente al 65% del salario mínimo Nacional Urbano, que está establecido en la cantidad de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs 1.548,21), que deberá el demandado ya identificado suministrar a su hijos identificada en autos, por mensualidad adelantada. Igualmente el obligado, "demandado" JOSÈ LUIS CAMPOS JIMENEZ, deberá colaborar con la compra de uniforme .....