Se declaró, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la Jueza de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, Abg. Gregoria Medina , para separarse del conocimiento del asunto N° JP01-P-2009-006326, todo de conformidad con los artículos 86, numerales 4º y 8º, 90 y 94 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.