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Por las razones expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, según escrito de fecha 12-06-2007, el cual riela a los folios 110 y 111, negándose igualmente la solicitud de la reposición de la causa, solicitada por la excepcionada.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la mencionada sentencia de la recurrida, dictada en fecha 04-06-2007.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por ante el mencionado Tribunal de Municipio, por el ciudadano PEDRO CELESTINO QUIARO, contra la ciudadana ENEIDA FAJARDO DE PEREZ, por lo que se ordena a la demandada, le haga entrega a la parte actora, libre de bienes y personas, el inmueble arrendado, constituido por una.....