Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo, administrando justicia, actuando en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Admite la Acusación en los términos planteados por la Fiscal del Ministerio Público en contra de los ciudadanos: THAIS DE JESUS CABEZA, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.475.615 Y ANDRÉS JOSE MONTILLA, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 23.569.302, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad. SEGUNDO: Se admiten los medidos de prueba sustentados en la Acusación Fiscal. TERCERO: Se ordena la apertu.....