Por los razonamientos anteriormente expresados, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por MIGUEL EUCLIDES CORTÉZ ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.237.850 con domicilio en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, contra la ciudadana MAYELING TANIA GONZÁLEZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.684.343, con domicilio en la Calle Principal, casa S/N del Barrio Guamachito, de esta ciudad de Calabozo Estado Guárico; con fundamento en el numeral Segundo (2do.) del Artículo l85 del Código Civil, en concordancia con el artículo 755 y subsiguiente del Código de Procedimiento Civil, quedando en consecuencia.....