V
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se RATIFICA LA COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de justificativo de perpetua memoria.
SEGUNDO: Declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio) interpuesta por el ciudadano Eli José Del Villar Vegas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.596.909, asistido por el abogado Ángel Ramón Olivero Abreu, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 243.760.
TERCERO: NO HAY condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción J.....