REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
Calabozo, 16 de Septiembre de 2.015
205º y 156º
Vista la anterior solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria y sus recaudos anexos, presentada en fecha 12 de Agosto de 2.015, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, presentada por el ciudadano Fernando Efraín Pinto Requena, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-7.281.749, inscrito en el inpreabogado N° 52.847, apoderado judicial de los ciudadanos Robert Concepción Camacho y Argelio José Concepción Camacho, venezolanos, mayores de edad titulares de la cedula de identidad Nros. V-15.712.440 y V-11.117.247 respectivamente.
Ahora bien, a los fines de su admisión, resulta conveniente hacer las siguientes consideraciones:
Al revisar el escrito de la solicitud de Justific.....