Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana YSABEL YSELDA CARPIO DE MOLINA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.632.306 y de este domicilio, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de Propiedad Municipal, ubicado en el Barrio Caja de Agua, Carrera 1-B, entre Calles 9 y 12, en esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, constante de un área de terreno de CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTÍMETROS (184,86 M2) con un área de construcción de SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTÍMETROS (71,96 M2), con los siguientes linderos.....