III
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, inadmisible, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Oswaldo Tahan, en su carácter de defensor público penal, contra la decisión dictada por el Juzgado 1° de Control de este Circuito, extensión Calabozo, del 22 de Octubre de 2009. Se funda la decisión en los artículos 264, 331 parte in fine en concordancia con el artículo 437 letra "c" del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese. Déjese copia certificada. Publíquese. Notifíquese a las partes. Bájese el expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.
Juez Presidente de Sala, (ponente),
Abg. Yajaira Margarita Mora Bravo
El Juez,
Abg. Miguel Angel Cásseres González
La Juez,
Abg. Kena De Vasconcelo Venturi
La Secretaria,
Abg. Milagros Salazar
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secret.....