III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de Deslinde de Propiedades contiguas interpuesta por la parte actora Ciudadana NURIS MAYORGA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.798.349, y domiciliada en la calle Guamachal, N° 28-2-A, entre calle Mara y Los Tulipanes, de la ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico en contra de la excepcionada, Ciudadana SOFÍA RUÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.392.807, y domiciliada en la calle Guamachal N° 28-2ª, entre calle Mora y Los Turpiales de la ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico. Al no traer a los autos la parte Actora los elementos necesarios propios de la experticia para l.....