PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Regulación de la Competencia intentada por el excepcionado Ciudadano CARLOS JOSE TOVAR ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.995.002 y de este domicilio. Se CONFIRMA la decisión del Juzgado de la recurrida, Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe, con sede en la Ciudad de Altagracia de Orituco de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 18 de Febrero del año 2.007, al cual se declara COMPETENTE para seguir conociendo de las presentes actuaciones, y así se decide.
SEGUNDO: Al ser declarada SIN LUGAR la Regulación de la Competencia, se impone al solicitante la condena en COSTAS de la presente incidencia de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, y así se establece.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsi.....