DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Se declara competente para conocer el presente procedimiento de amparo constitucional. SEGUNDO: Se declara inadmisible la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano PABLO JOSÉ PERAZA, asistido por el abogado CARLOS COVIS, contra el Juzgado Cuarto (4º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, ello, por no presentar o acompañar el abogado CARLOS COVIS, poder o mandato, o designación como defensor privado que lO acredite como apoderado o defensor privado del prenombrado ciudadano PABLO JOSÉ PERAZA, conforme la jurisprudencia reiterada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, entre las cua.....