SIN LUGAR, la Recusación intentada por la Abogado LISBETH JOSEFINA ASCANIO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° 8.780.578, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.926, contra el Juez del Juzgado A-Quo, Abogada ESTHELA CAROLINA ORTEGA VELASQUEZ y así se decide.
De conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se ordena al recusante al pago de una multa de DOS (02) BOLIVARES (Bs. 2.,00), que deberá cancelar dentro de los 3 días siguientes, de llegado el presente expediente al Tribunal de la Causa, por ante el Tribunal referido, quien actuará como agente del Fisco Nacional para su ingreso en la Tesorería de la República.
Publíquese, Regístrese Y Déjese Copia Autorizada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los Dieciocho (18) días del mes de Mayo del año Dos mil Nu.....