DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: INADMISIBLE los recursos de apelación interpuestos por los Defensores Privados abogados Elías De Jesús Quiame Gil y Luis Antonio Rangel Trocell, en contra de la decisión de fecha 25 de febrero de 2011, publicada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, San Juan de Los Morros, mediante la cual admitió la acusación en contra de los ciudadanos LUIS ANTONIO LÓPEZ MEJÍA, HÉCTOR RAÚL LÓPEZ SHOGO, por la presunta comisión de los delitos de Tráfico Ilícito De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Secuestro, Asociación para Delinquir y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en relación con el artículo 1.....