DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERDIDA DE INTERES de la acción de interpuesta por los ciudadanos UMBERTO VITAL Y GIUSTINO VITALI venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-8.623.554 y V-8.628.901, respectivamente, domiciliados en el edificio HERVICA, PB., LOCAL 1 urbanización Misión Arriba Calabozo, Estado Guarico.
SEGUNDO: Este Juzgado ordena el cese del procedimiento y el archivo del expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en Calabozo, a los dieciocho (18) días del mes de Julio de dos mil do.....