D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos tanto de hecho como de derecho, explanados con anterioridad, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana RUTMARY UVIEDO AQUINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.602.136, asistido por el abogado MARTIN GABRIEL FONS MAYORGA, inscrito en el Inpre-Abogado, bajo el Nº 115.368, juicio por DIVORCIO incoado contra el ciudadano NAYIB ANTONIO VALECILLOS CAUSIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.465.536; con fundamento en las causales previstas en los numerales segundo (2º) y tercero (3º) del artículo 185 del Código Civil, quedando en consecuenci.....