PRIMERO: Que el penado MIGUEL LORENZO OROPEZA fue detenido en fecha 08-02-2003, evadiéndose de su sitio de reclusión en fecha 25-02-2006, según consta en informe presentado por el Jefe de Régimen de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso de la Penitenciaría General de Venezuela, cursante al folio 221 del expediente, ordenando el Tribunal su aprehensión, la cual es efectivamente practicada en fecha 17-11-2006, según Acta Policial inserta al folio 260 de las respectivas actuaciones, permaneciendo en reclusión hasta el día de hoy inclusive; lo cual, sumado a DIEZ (10) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS y DOCE (12) HORAS redimidos da un total de tiempo de detención de CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) DÍAS y DOCE (12) HORAS, lo que significa que le falta por cumplir UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES, VEINTITRES (23) DÍAS y DOCE (12) HORAS, terminando de cumplir la pena en fecha 11-09-2008 a las 12:00 m.-